martes, 9 de febrero de 2010

EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 VENCIO LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) PARA LOS PEQUEÑOS COMERCIANTES

Este Decreto, exonera del pago del Impuesto al valor Agregado las venta de bienes muebles o prestaciones de servicios efectuadas por las empresas, comerciantes, prestadores de servicios y demás personas naturales jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, que realicen operaciones por un monto igual o inferior al equivalente a TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 U.T.) , en el año calendario inmediato anterior a la publicación de este Decreto en la Gaceta Oficial.
Esto significa, que cualquier persona que venda bienes o preste servicios, cualquiera que sea el monto de sus ingresos anuales, a partir del 01 de enero de 2010, deberá cumplir con todas las obligaciones que establece la Ley del Impuesto al valor Agregado para los contribuyentes ordinarios, es decir, deben emitir facturas autorizadas donde se detalle, por separado, el IVA correspondiente, llevar los libros de compras y ventas y presentar las declaraciones dentro de los primeros quince días de cada mes.



Los únicos contribuyentes que quedarían como formales serían los que exclusivamente realicen actividades exentas o exoneradas.


El sistema tributario venezolano establece la entrada en vigencia del Régimen Simplificado de Tributación para Pequeños Contribuyentes (RST) (MONOTRIBUTO), el cual permite sustituir las obligaciones establecidas para el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, para aquellos pequeños contribuyentes que opten por inscribirse en este Régimen. (RST).
Sin embargo, mientras no se apruebe este RST, estos pequeños contribuyentes quedan totalmente desprotegidos ante el Fisco Nacional. En este sentido, a partir del primero (1ero) de enero de 2010, usted debe cobrar el IVA a sus clientes, debe emitir las facturas impresas en imprenta autorizada, cumpliendo con las formalidades establecidas.

2 comentarios:

  1. Me parece una publicación muy acertada ya que muchas personas no están al tanto de que ahora solo son contribuyentes formales solo los que facturen bienes o servicios exentos.

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  2. Es correcto. Es importante que la Administración Tributaria realice una campaña de información para que las personas puedan conocer las implicaciones fiscales de ser un Contribuyente Ordinario ya que "la ignoracia de la ley, no excusa de su cumplimiento.

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