viernes, 26 de febrero de 2010

Reiteran carácter complementario y aleatorio de las utilidades

La Sala Político Administrativa reiteró que las utilidades no forman parte del salario normal visto que se trata de remuneraciones complementarias y aleatorias, sólo pagaderas en proporción a los meses de servicios prestados, no así en función de la jornada diaria de trabajo. En tal sentido, el fallo indica que dicho concepto tampoco está regido por el rubro “remuneraciones de cualquier especie”; pues se trata de retribuciones complementarias de carácter accidental o extraordinario, dirigidas a beneficiar una situación especial de los empleados, pero que no implican un pago regular, como resultado de las labores ejecutadas por éstos durante la jornada ordinaria de trabajo.

TSJ, S. Político Administrativa, Exp. 10-0026, feb. 23/10, M.P. Emiro García Rosas